Trámites para acceder al tratamiento
En Uruguay, el Fondo Nacional de Recursos (FNR) financia determinados medicamentos modificadores de la enfermedad para la EM. La cobertura se otorga de acuerdo con la normativa vigente y luego de evaluar que la situación clínica cumpla con los criterios establecidos. Por eso, la indicación de un medicamento por parte del neurólogo no implica su autorización automática por el FNR.
Los medicamentos incluidos y los criterios de cobertura pueden modificarse. Para conocer la información actualizada, consultá la normativa oficial del FNR. Existen otros tratamientos para la EM que actualmente no están contemplados dentro de su cobertura.
Cuando tu neurólogo indica una medicación financiada por el FNR, tu prestador de salud debe iniciar la solicitud de cobertura y presentar la información clínica requerida. Actualmente, el trámite debe ser ingresado por el prestador a través del sistema informático del FNR; las solicitudes no se presentan en papel ni se envían por correo electrónico.
Consultá con tu neurólogo o con el sector correspondiente de tu prestador para saber quién gestionará la solicitud, qué información puede ser necesaria y cómo podrás conocer su estado. El procedimiento interno puede variar entre las instituciones, por lo que es conveniente identificar desde el comienzo el área encargada de darle seguimiento.
Durante el tratamiento, tu prestador deberá realizar el seguimiento clínico correspondiente y enviar periódicamente al FNR información sobre tu evolución, los estudios de control y los posibles efectos adversos. La atención de las complicaciones o efectos secundarios relacionados con la medicación también corresponde a tu prestador de salud.
Si tenés dudas o dificultades con el trámite
Si la solicitud no es autorizada, podés pedir que te expliquen el motivo y conversar con tu neurólogo sobre las alternativas terapéuticas y otras posibles vías de acceso. También podés contactar a EMUR para recibir orientación y acompañamiento durante el proceso.
